CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece en su Artículo 59 que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado y que todos tienen la responsabilidad de respetarla y protegerla y, como consecuencia el mismo texto legal en su Artículo 145 reconoce el derecho a la protección de la salud y determina que es deber de todos participar en la promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad.

 

Decreto-162-2020 Ley de Vacuna Gratuita Para Todos Contra El COVID-19